Quiénes están Obligados a Declarar ?

Conoce si debes declarar renta

Si cumples con alguna de las siguientes condiciones a continuación, estás obligado a presentar declaración de renta por el año 2014 dentro de los plazos establecidos para ello:

  • Si tus ingresos brutos durante el año 2015 fueron iguales o superiores a $39.591.000 (1.400 UVT); estás obligado a declarar.
  • Si tu patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2015 fue superior a $127.256.000 (4.500 UVT), entendiendo el patrimonio bruto como el total de bienes y derechos que poseas como persona natural; estás obligado a declarar.
  • Si durante el año 2015 realizaste consumos mediante tarjeta de crédito superiores a $79.181.000 (2.800 UVT); estás obligado a declarar.
  • Si durante el año 2015 realizaste compras superiores a $79.181.000 (2.800 UVT); estás obligado a declarar.
  • Si durante el año 2015 realizaste consignaciones bancarias y depósitos a inversiones financieras por un valor superior a $127.256.000 (4.500 UVT); estás obligado a declarar.

Si estás obligado a presentar declaración del Impuesto de Renta y Complementarios por el año 2015, el paso a seguir es revisar a qué categoría perteneces; es decir si eres empleado, trabajador por cuenta propia o si no estás clasificado en ninguna de estas. En la tabla a continuación podrás determinar que tipo de contribuyente eres.


  • Deberán determinar su impuesto sobre la renta por el sistema Ordinario, y además deberán hacer el cálculo del impuesto mediante el sistema de determinación de renta IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo). Al determinarse el impuesto por los dos sistemas (Ordinario e IMAN), deberá usarse el mayor de los dos, con el fin de determinar el impuesto definitivo.
  • TuImpuesto determina tu obligación por los dos sistemas (Ordinario e IMAN), automáticamente se tomará el mayor de los dos como la ley lo indica.
  • Deberán determinar su impuesto sobre la renta por el sistema Ordinario y por IMAN. Alternativamente y si el contribuyente lo desea, podrá determinar su impuesto por el sistema IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple), que consiste en una depuración diferente a la Ordinaria y al IMAN. Al escoger el IMAS como sistema de liquidación del impuesto, el contribuyente no estará obligado a calcular su impuesto por el sistema Ordinario o por IMAN. La determinación del IMAS se hace en un formulario diferente (Formulario 230).
  • TuImpuesto te guia con el cálculo del impuesto por el sistema Ordinario y el IMAN. Así como el cálculo del IMAS.
  • Deberán determinar su impuesto sobre la renta por el sistema ordinario y si el contribuyente lo desea, podrá determinar su impuesto por el sistema IMAS, en un formulario especifico (240) diferente del formulario del IMAS para quienes clasifican como empleados.
  • Las actividades económicas que reconoce el estatuto tributario para este tipo de contribuyente son: Actvidades Ecónomicas
  • Solo podrán determinar su impuesto sobre la renta por el sistema ordinario.
  • Deberán usar como RGA el valor mínimo en la tabla de acuerdo con su actividad económica, y como resultado de aplicar la formula allí establecida, su impuesto terminará siendo cero (0).
  • Las actividades económicas que reconoce el estatuto tributario para este tipo de contribuyente son: Actvidades Ecónomicas
  • Estos deberán determinar su impuesto por el sistema Ordinario aplicable a las personas naturales, tomando en cuenta las limitaciones que la ley señala para la determinación de su impuesto.
  • Si estas clasificado como otro contribuyente no podrás utilizar TuImpuesto para calcular tu impuesto sobre la renta.
  • Ten en cuenta que la declaración del impuesto sobre la renta de una persona natural, debe ser firmada por esta misma. No se requiere que un contador la firme.
  • La declaración de impuesto sobre la renta que se presenta en el formulario 210, 230 o 240, es para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, como el caso de los asalariados, trabajadores por cuenta propia y en general personas naturales que no hayan obtenido ingresos en el año superiores a 90.000 UVT ($2.545.110.000).
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